La Plata
Provincia oficializó el bono de 3 mil pesos: cómo, cuándo y quiénes lo cobrarán
El Ministerio de Economía publicó un “Instructivo para la liquidación de un Bono Extraordinario 2019”. Los datos salientes son que los activos cobrarán 3 mil pesos en dos cuotas de 1.500 y los jubilados 2.100 pesos en dos cuotas de 1.050. Lo docentes fueron excluidos.

Escuchar este artículo ahora
Powered by AI Noticias Las Flores
Tal como se había adelantado, el bono dispuesto por el gobierno bonaerense para los trabajadores estatales será de 3 mil pesos en dos cuotas y no alcanzará a los docentes que vienen reclamando la reapertura de las paritarias.
Además quedarán excluidos los trabajadores que perciban salarios de más de 38.300 pesos, sin contar asignaciones familiares y horas extras. En el caso de los jubilados del IPS, el bono será de 2.100 pesos en dos cuotas de 1.050.
La primera cuota, tanto para activos como para pasivos, será abonada el día 20 de septiembre y la segunda el 18 de octubre.
La medida alcanza a los trabajadores comprendidos por la Ley N° 10.430 de plantas permanente -con estabilidad- y temporaria (transitoria mensualizada, de gabinete y secretarios privados). b) Carrera Profesional Hospitalaria Ley N° 10.471 y Residentes. c) Becarios del Ministerio de Salud. d) Técnico Gráfico Ley N° 10.449. e) Dirección de Vialidad Ley N° 10.328. f) Ley N° 12.268 -Régimen de las Actividades Artísticas, Técnicas y Complementarias-. g) Comisión de Investigaciones Científicas Decreto-Ley Nº 9.688/81 y Ley Nº 13.487. h) Hipódromos. i) Casinos bajo jurisdicción del Instituto Provincial de Lotería y Casinos. j) Ley Nº 10.384 -Estatuto Escalafón para el Personal de Ex Obras Sanitarias. k) Dirección de Energía CCT N° 36/75. l) Organismo de Control de Energía Eléctrica (OCEBA). m) Ente Administrador Astillero Río Santiago personal convencionado del CCT N° 91/75 y no convencionado. n) Personal de la Subsecretaría de Industria, Minería y Actividades Portuarias del Ministerio de Producción bajo CCT N° 24/75, N° 164/75 y N° 40/91E. o) Servicio Penitenciario Bonaerense Decreto-Ley N° 9.578/80 p) Policías de la Provincia de Buenos Aires Ley N° 13.982. q) Poder Judicial Ley 10374.
Queda excluido el personal bajo Ley N° 10579 (estatuto docente), contratados por locación de servicio u obra (monotributizados) y Cadetes del Servicio Penitenciario Bonaerense y de las Policías de la Provincia de Buenos Aires.

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales. Aquellos comentarios considerados inapropiados, serán eliminados y el autor inhabilitado para volver a comentar.