Seis años de prisión para Jaime Walter Marcelo
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El Tribunal en lo Criminal Número Dos del Departamento Judicial de Azul, Pcia. de Buenos Aires, República Argentina, con la integración unipersonal de la Dra. María Alejandra Raverta, y de conformidad con el art. 398 inc. 2° y lo resuelto por la S.C.J.P.B.A. en el art. 3° de la Ac. 216/09, en causa nro. 617/3286 caratulada: “JAIME WALTER MARCELO – ROBO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA EN GRADO DE TENTATIVA – LAS FLORES” y sus acumuladas 63/3407, 617/3286, 64/3406, 636/3348, 470/3345, 368/3344 y 494/3346, las cuales se instruyeron por ante la Ayudantía Fiscal de Las Flores, a cargo del Dr. Pablo Iparraguirre, y Unidad Funcional de Instrucción N° 6 de Azul a cargo del Dr. LUIS MARIA SURGET, del Departamento Judicial de Azul, y conforme lo dispuesto por el art. 371 del C.P.P., resolvió Condenar a JAIME WALTER MARCELO, soltero, argentino, nacido en Las Flores el 19 de mayo de 1994, domiciliado en Pueyrredon 775 de Las Flores, D.N.I. 37.896.278, hijo de Miguel Ángel y de Rosana Beatriz Barrera- a la pena de SEIS (6) años de prisión, mas accesorias legales y costas procesales por resultar autor penalmente responsable de los delitos de Portación Ilegal de arma de fuego de uso civil (arts. 189 bis inc. 2, párrafo 3) en causa nro. 63/3407: robo agravado por el uso de arma en grado de tentativa (arts. 42 y 166 inc. 2, primer párrafo del C.P.), en causa nro. 617/3286, Robo calificado por escalamiento en grado de tentativa en concurso real con violación de domicilio y coacción (arts. 42, 167 inc. 4 en relación al art. 163 inc. 4 y 149 bis, 2do. Párrafo del C.P.) en causa nro. 64/3406, desobediencia (3 hechos), violación de domicilio, lesiones leves agravadas (3 hechos), lesiones leves (2 hechos) amenazas (3 hechos), daño y hurto simple (arts. 55, 150, 183, 239, 92, 149 bis, primer párrafo, primera parte y 162 del C.P.) en causa nro. 636/3848, desobediencia, daño agravado, lesiones leves y amenazas (arts. 239, 184, 89 y 149 bis, primer párrafo del C.P.) en causa nro. 470/3344 y robo agravado por escalamiento (art. 167 inc. 4 en relación con el art. 163 inc. 4 del C.P.) encausa 494/3366, todos cometidos el 19 de febrero de 2013, 14 de septiembre de 2014, 7 de agosto de 2014, 15 de mayo de 2014, 22 de junio de 2014, 7 de septiembre de 2013, 5 de julio de 2013, 13 de octubre de 2013, 16 de octubre de 2013 y 20 de febrero de 2014, en perjuicio de Luciano Raúl Spinelli, Pablo Ernesto Larramendi, María Luz Rufino, Micaela Agustina De la Torre, Ezequiel Edgardo Santillán, Marisol Urbina, Jennifer Rivarola, Norma Isabel Aguirre y Melina Ponce de León.
FUENTE JUDICIAL.

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