Las Flores
El gobierno promulgó la nueva ley para reactivar la actividad turística
Desde el Gobierno se promulgó esta ley que dará beneficios fiscales y económicos para las empresas y trabajadores del sector.

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El gobierno nacional publicó este lunes en el Boletín Oficial por medio del decreto 753/2020, la ley 27.563 de Sostenimiento y Reactivación Productiva de la Actividad Turística Nacional, fue promulgada por el Gobierno y aprobada el pasado 1° de setiembre por el Congreso.
Según se dio a conocer la ley contiene beneficios para el sector turístico tanto fiscales como económicos para las empresas y los trabajadores del sector turístico. Con el objetivo de la reactivación turística en medio de una pandemia la ley de “Sostenimiento y Reactivación Productiva de la Actividad Turística Nacional”
Beneficios para el sector

Virginia Luciani, titular de Las Vías, resaltó: “El impacto del torneo de fútbol en Las Flores es un 10, muy positivo”
- Extensión del Programa de ATP (Asistencia al Trabajo y la Producción) desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre para las actividades y rubros comprendidos que se encuentren paralizados o tengan una facturación inferior al 30%.
- Reducción del 95% del pago de contribuciones patronales y el salario complementario abonado por el Estado Nacional para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado del 50% del salario neto.
- Se faculta al jefe de Gabinete a establecer condiciones especiales para garantizar la continuidad de las fuentes de trabajo y de los emprendimientos turísticos, y a establecer una asistencia económica no reembolsable por un monto de hasta dos salarios mínimos.
- Se prorroga por 180 días el vencimiento del pago de los impuestos existentes, o a crearse, que graven el patrimonio, los capitales o las ganancias de las actividades alcanzadas por la ley, cuyos vencimientos operen hasta el 31 de diciembre.
- Se suspende por 180 días la traba de cualquier medida cautelar a requerimiento de la AFIP o la ANSES.
- Se instruye al Banco Central a disponer líneas de crédito para los sujetos comprendidos y para municipios y comunas donde la actividad principal sea el turismo
Beneficios para los consumidores
- Se establece un bono fiscal vacacional para las familias cuyos ingresos mensuales no superen el equivalente a cuatro salarios mínimos, por única vez, para su uso dentro del país.
- Regirá una preventa que consistirá en el reconocimiento, por parte del Estado Nacional, de un crédito a favor de las personas humanas, que será del 50% del monto de cada compra de servicios turísticos a ser brindados dentro del país.
- Se crea un programa especial para el turismo de la tercera edad, por el cual el Estado aportará hasta el 21% de los paquetes turísticos, con el fin de sostener la actividad durante las temporadas bajas y para el bienestar de las personas mayores.
- Se establece un programa de financiación de los paquetes turísticos de viajes de turismo estudiantil con destino nacional mediante una línea de crédito específica del Banco Nación.
- Establecimientos hoteleros de alojamiento temporario y empresas de transporte podrán ofrecer la reprogramación de los servicios contratados, respetando la calidad, estacionalidad y valores convenidos dentro de un período de 12 meses; la entrega de vouchers de servicios para ser utilizados hasta 12 meses posteriores al cese de la cuarentena; el reintegro del monto abonado mediante el pago de hasta seis cuotas iguales, mensuales y consecutivas con vencimiento dentro de los 60 días de recibida la solicitud de reembolso.
- Si el consumidor contrató servicios mediante intermediarios (agencias de viajes) podrá reprogramar sus viajes o recibir un voucher.
- Las reprogramaciones y devoluciones de servicios de turismo estudiantil serán determinadas por el Ministerio de Turismo.

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