La Secretaria de Transporte autorizó a los explotadores de servicios regulares de transporte aéreo interno de pasajeros, la aplicación de un nuevo cuadro tarifario -el tercero del año- que regirá a partir de mañana para la clase económica, dentro de las bandas entre la tarifa de referencia y las tarifas máximas I y II de cada uno de los puntos origen-destino.
La medida fue dispuesta por la Resolución 1654/2014, que junto con su anexo se publica hoy en el Boletín Oficial, y en la que se consigna que «resulta necesario autorizar un nuevo cuadro tarifario, a fin de garantizar la prestación del servicio público de transporte aerocomercial que prestan las empresas autorizadas».
El incremento dispuesto debe ser considerado a cuenta de la tarifa que se establezca, en razón de ajustar la misma a las previsiones del artículo 42 de la Ley Nacional de Política Aérea 19.030.
Para los tramos o rutas no indicados en el anexo, la tarifa de referencia será calculada en proporción al kilometraje, comparándola con la tarifa de referencia correspondiente a una ruta de distancia similar que atienda un mercado de la misma región geográfica.