En una nueva sesión del HCD, el presupuesto 2014 quedará definitivamente aprobado

Escuchar este artículo ahora
Powered by AI Noticias Las Flores
DECRETO DE PRESIDENCIA Nº 29/13
VISTO:
Los exptes que tienen despacho de comisión plenaria, producto de la reunión celebrada por el Cuerpo, como así también los exptes que necesitan estado parlamentario y
CONSIDERANDO:
Que el Concejo puede ser convocado por el Intendente o convocarse por sí mismo cuando lo solicite un mínimo de un tercio del número de sus miembros para realizar sesión extraordinaria según lo dispone el artículo 68º inc 5 de la LOM.
Que el artículo 83º inc. 1 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, decreto Ley 6769/58 y sus modificaciones, y el art. 17º inc. e del reglamento interno del HCD, facultan al presidente del HCD a convocar a las sesiones que deba celebrar dicho cuerpo legislativo.
POR ELLO, EL PRESIDENTE DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LAS FLORES
DECRETA
ARTICULO 1º: Convócase a los señores concejales a Sesión Extraordinaria a realizarse el día 27 de diciembre del año 2013 a las 10 hs. para tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
Izamiento de la Enseña Nacional.
Acta 1480, 1481.
Notas Informativas
Comunicaciones del Departamento Ejecutivo
- Expte (PJS 336) resp comunicación 34 (gastos en corralones).
- Expte DE 363, P ordenanza, venta terreno empresa Wilder
- Expte DE 367, P ordenanza, venta terreno empresa San Cayetano.
Asuntos Particulares
- Expte V 366, solicitud cumplimiento ord 2560 y 2585 (plan director de pavimento)
- Expte V 364, problemática de acoso en juzgado de faltas.
Comisión Plenaria
- Expte DE 359 cálculos de recursos y presup de gastos, ejercicio 2014.
- Expte DE 360, ordenanza fiscal impositiva, ejercicio 2014.
Proyectos de Ordenanzas
- Expte BP 365, modif ord 2054 (terrenos APOHOGARD)
Art. 2º.- Comuníquese al DE y dese al Registro Oficial del HCD
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE LA CIUDAD DE LAS FLORES A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales. Aquellos comentarios considerados inapropiados, serán eliminados y el autor inhabilitado para volver a comentar.