Se declarará Bien del Patrimonio Histórico Cultural del Partido de Las Flores al edificio donde funcionó la fábrica textil Cattorini

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La presidencia del Concejo Deliberante informa que entre otro de los despachos acordados en la última reunión de comisión plenaria, en la sesión del lunes 9 ingresará el proyecto de ordenanza mediante la cual se declara Bien del Patrimonio Histórico Cultural del Partido de Las Flores, al edificio de la empresa Cattorini, sito en Av. Manuel Venancio Paz Nº 1114 de nuestra ciudad, donde por más de 3 décadas funcionó la fábrica textil que fuera un ícono del desarrollo industrial local y una marca que nos identifica como ciudad.
Conforme las legislaciones nacionales y provinciales en materia de preservación del patrimonio histórico cultural; las ordenanzas municipales Nº 2357/10 de creación de la Comisión Permanente para la Preservación del Patrimonio Histórico Cultural del Partido de Las Flores, la Nº 2426/10 que declara zona del casco fundacional a la comprendida por Plaza Mitre y parcelas frentistas a la misma, la Nº 2525/11 que aprueba una parte del Plan de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, la Nº 2574/12 que aprueba el Capítulo XI del Código de Planeamiento Urbano y define el Casco Histórico y dos Áreas de Protección Histórica, formula un pre-inventario de bienes y establece niveles de protección para la preservación y rehabilitación del patrimonio; y de acuerdo con la solicitud y el dictamen de la Comisión de Patrimonio Histórico, el cuerpo deliberativo elaboró por unanimidad el presente despacho, que en su artículo 1 formula:
“Declárase Bien del Patrimonio Histórico Cultural del Partido de Las Flores, con protección estructural a fin de salvaguardar el exterior, su tipología, los elementos básicos que definen su forma de articulación y ocupación del espacio, permitiendo modificaciones que no alteren su volumen, ni la fachada, el edificio de la empresa CATTORINI, sito en Av. Manuel Venancio Paz N° 114 de la ciudad de Las Flores, construido sobre un inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Quinta 36, Manzana 36 d), parcelas 16 a) y 21 a), unificadas en parcela 21 c).”

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