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Monotributo: suben desde enero las cuotas y los topes de facturación

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La AFIP informó que, en el 2018, hará efectiva la modificación fijada por ley; el incremento será del 28%, como el de las jubilaciones.

En enero de 2018 aumentarán los montos de los aportes mensuales que abonan los monotributistas y también los topes de facturación, tanto los que amparan que los contribuyentes pueden estar incorporados en el sistema, como también los que marcan los límites de cada una de las categorías. De esta manera lo informó ayer la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que determinó desde cuándo hará efectiva, por primera vez, la actualización anual que fue promulgada por la ley 27.346 para las variables del monotributo.

La norma, aprobada por el Congreso a fines de 2016, establece que los montos se adaptarán una vez por año en relación a los índices de movilidad previsional (los que administran a las jubilaciones) de los meses de marzo y septiembre. Este año hubo un crecimiento del 12,96% en marzo para los jubilados y pensionados del sistema que gestiona la Anses, en tanto que se está colocando este mes un aumento del 13,32%; esas subas se acumulan, según explicaron en la AFIP, para determinar la actualización del monotributo. Así, el resultado daría un 28% y ese es el nivel en el que se alzarán los montos en enero. Ayer, la AFIP no publicó las cifras e informó que las difundirá en la web www.monotributo.afip.gob.ar.

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Si se confirma el método de hacer el cálculo, la aplicación de ese aumento llevará los límites de facturación anual para poder estar en el monotributo de $ 700.000 a $ 896.000, en el caso de la prestación de servicios, mientras que para el comercio el incremento será, siempre desde enero, de $ 1.050.000 a $ 1.344.000.

Según lo establecido por norma, además de esos topes (y los de facturación y alquileres devengados permitidos para cada categoría), subirán los abonos que deben hacer los monotributistas: el impuesto formado y los pagos a la jubilación y a la obra social. Hoy, según la categoría, el impuesto va de los $ 68 a los $ 4725 y el aporte jubilatorio, de $ 300 a $ 778,12. En tanto, para el servicio de salud se pagan $ 419 por persona. Según las fuentes del organismo, todas estos montos aumentarán en el mismo porcentaje.

El artículo 52° de la ley mencionada establece que los valores “se incrementarán anualmente en el mes de septiembre en la proporción de los dos (2) últimos incrementos del índice de movilidad de las prestaciones previsionales, previsto en el artículo 32° de la ley 24.241 y sus modificaciones y normas complementarias”.

También informaron que la recategorización que corresponda hacer en enero de 2018 se hará en escala a los números ya actualizados. Y las contribuciones deberán abonarse según los nuevos valores, también en el mismo mes (para el caso de las recategorizaciones, el pago asignado a la nueva ubicación en la tabla, se hace exigible en el mes siguiente).

En tanto, el trámite de recategorización o confirmación de categoría, que actualmente se les exige a los pequeños contribuyentes, continuará haciéndose en función de los montos vigentes hasta ahora (de hecho, esas son las variables que incluyó el organismo en su página web, donde hay que ingresar con clave fiscal para realizar el trámite).

Hasta el día 20 de este mes deberán hacer su trámite de cambio de categoría todos los monotributistas que en los últimos 12 meses (septiembre de 2016 a agosto de 2017) hayan tenido una facturación distinta a la que les permite estar en la ubicación actual dentro de la tabla del monotributo. A su vez, deben considerarse los límites referentes a la energía consumida y a los alquileres devengados si se dispone de un local para la actividad desarrollada. Además, este mes deberán confirmar su categoría (en caso de no haber tenido cambios) quienes están ubicados entre las letras F y K.

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